04 Jul Por su discapacidad, la separaron de su hijo, pero Marisa lucha por recuperarlo
Por Florencia Halfon-Laksman
Marisa Ibáñez tiene 24 años y un hijo de dos, del que fue separada después de parirlo, porque la justicia consideró que la discapacidad intelectual que padece la mujer es motivo suficiente para que el chico pueda ser adoptado por otra familia. Ahora la causa está en la Cámara de Apelaciones, y organismos defensores de los derechos de las personas con discapacidad denuncian discriminación y violación de los Derechos Humanos.
Marisa vive con su papá y sus dos hermanos, estos últimos también discapacitados. Desde su embarazo, se instruye en una escuela de formación laboral del barrio porteño de Parque Patricios, donde le enseñan a profundizar el vínculo con el bebé, a cuidarlo y amamantarlo. Dio a luz a su hijo a los seis meses de gestación, en la Maternidad Sardá. El papá de Marisa se preocupó porque el niño prematuro debía quedar internado; entonces, llevó su inquietud al juzgado que interviene en el proceso de insania de su otra hija. En lugar de asistencia, lo que recibió de parte del Juzgado Nacional de 1ª Instancia en lo Civil N°10 fue una medida de protección de persona hacia el niño, quien quedó alojado en un hogar apenas fue externado, y permaneció institucionalizado durante estos dos años. “No puede vivir conmigo, pero no sé por qué”, resume Marisa.
La única alternativa que le dieron desde el juzgado para no determinar el abandono del niño fue que propusiera, en menos de cinco días, un plan de vida para ella y su hijo. “Por supuesto, Marisa no estaba en condiciones de comprender de qué se trataba esto”, explica su abogada, Graciela Fijtman.
La Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (Redi) acompaña el proceso y sostiene que esto “constituye una violación de Derechos Humanos”, como lo es “negarle a un niño el derecho a ser criado por su familia biológica por falta de recursos económicos o físicos”. Evangelina Gálligo, coordinadora de Redi, detalló ante Tiempo Argentino: “Decidimos hacer una presentación como amicus curiae pero el juzgado la desestimó.”
En diciembre pasado, la justicia resolvió la adoptabilidad del niño. Fijtman apeló y ahora debe dirimir la Sala B de la Cámara de Apelaciones. Para ello, tras escuchar el viernes el testimonio de Marisa, la sala le solicitó que antes de este viernes presentara el plan de apoyo que le permita criar a su hijo. “Existen prejuicios que están en el inconsciente colectivo. Es el entorno social el que limita”, sostiene Fijtman.
Ibáñez sabe que necesita ayuda pero también registra que, cada vez que lo visita en el hogar, el chico se agarra de sus piernas porque no quiere separarse ella. “Me gustaría llevarlo a mi casa, ir a la plaza, a caminar con él”, resume Marisa.
Según el artículo 23 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 26.378 y 24.901), privar a una persona con discapacidad del derecho a formar una familia o negarle el apoyo necesario para el ejercicio de la maternidad constituye una violación de derechos humanos. Además, el artículo 40 de la Ley de Protección Integral de Niños y Niñas prohíbe privar a un niño del derecho a ser criado por su familia biológica por falta de recursos económicos, físicos y de políticas.
TIEMPO ARGENTINO