Siete de cada diez empresas argentinas dicen que desconocen las normas anticorrupción

Siete de cada diez empresas argentinas dicen que desconocen las normas anticorrupción

La mayoría de las empresas locales desconocen qué tipo de normas anticorrupción regulan sus actividades. El dato surgió de un relevamiento realizado por la consultora BDO Argentina entre más de 400 ejecutivos –CEOs, directores y gerentes– sobre el fraude en tiempos de crisis. Los resultados mostraron que el 68,7% de las compañías no están al tanto de las normas anticorrupción que deben cumplir. La encuesta abarcó a diferentes industrias, en su mayoría de origen nacional (42%) y subsidiarias locales de empresas multinacionales (29,8%).
Desde el punto de vista del derecho rige el principio de la “territorialidad” al momento de aplicarse la ley, explicaron desde BDO. Sin embargo, en el caso de las normas que sancionan a los actos de soborno, existen circunstancias distintivas. Por ejemplo, la U.S. Foreign Corrupt Practices Act (FCPA), de los Estados Unidos, una norma que prohíje el pago de sobornos por parte de compañías y ciudadanos estadounidenses o compañías extranjeras registradas en la bolsa de valores de los Estados Unidos a funcionarios de gobierno en cualquier país del mundo. “Es decir, que desde un punto de vista práctico, un acto de soborno en el extranjero, realizado bajo los supuestos explicados anteriormente, es pasible de sanciones a ser aplicadas en los Estados Unidos”, advirtió el informe.
Otras leyes extranjeras que pueden alcanzar a las empresas locales son The Bribery Act, sancionada por el parlamento británico pero con un alcance aún más amplio, que también abarca los sobornos realizados por ciudadanos, residentes u organizaciones del Reino Unido hacia funcionarios públicos o de otras empresas privadas de cualquier país del mundo. Además, la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) promovió a través de la convención Anti Fraude de 2012, suscripta por un grupo de 39 países –incluido Argentina– un compromiso para implementar de forma progresiva legislaciones y programas anti fraude.
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Y, por último, el caso más reciente de la ley brasileña anti-corrupción, sancionada en 2013, que es aplicada a compañías que cotizando en bolsas brasileñas, realicen sobornos en el extranjero a funcionarios públicos de otros países.
“Todas estas normas muestran la complejidad a la que se enfrentan las compañías que operan en múltiples regiones, las cuales deben adaptar sus prácticas de negocios a las normas locales, así como también a leyes que pueden tener impacto trasnacional”, señaló Fernando Peyretti consultor senior experto en auditoría forense y temas anticorrupción de BDO Argentina. Para BDO, las compañías deben evaluar no solo qué normas afectan sus operaciones, en base a las diferentes jurisdicciones que puedan tener las transacciones que realizan, sino también estar preparadas para administrar los riesgos inherentes a cada marco regulatorio.
EL CRONISTA